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Justicia

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Una Sentencia de Estado

Sobre la Sentencia del procés.  Me he decidido a escribirlas después de oír y leer durante estos días los comentarios y reacciones de personas a las que aprecio y con las que comparto valores. 

  • Escrito por Santiago Pérez
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 3076

Los juristas humanistas

(A la memoria del Magistrado humanista José Luis Sánchez Parodi)

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 2917

Vuelven a desestimar el recurso del exalcalde de La Laguna sobre la demora del 'caso Grúas'

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el exalcalde José Alberto Díaz contra el auto del Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna en el que denegaba la solicitud de acceder al documento interno del teniente fiscal Demetrio Pintado y las posibles instrucciones de la Fiscalía General del Estado para demorar la instrucción del caso Grúas hasta la entrada en vigor del nuevo Estatuto de Autonomía

  • Escrito por Anabel Leal Bienes
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 1914

La condena para las manadas, imprescindible, pero no suficiente

El pasado 21 de junio el Tribunal Supremo revisó el “caso de la manada”, en el que según el TSJ de Navarra los cinco agresores habían cometido un delito de abuso sexual a una joven de 18 años, el 7 de julio de 2016 en Pamplona; y dictó una sentencia histórica y esperada, 15 años de condena para los violadores, puesto que no había sido abuso, sino violación, como el movimiento feminista gritó insistentemente en estos tres años.
La violencia sexual, una realidad aún oculta.

  • Escrito por Mary Carmen Bolaños Espinosa
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 2732

El procés visto para sentencia

La sentencia sobre del procés será, sin duda, una de las resoluciones  judiciales más importantes de la historia judicial contemporánea de España, 

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 1995

Antonio Doreste, el cancerbero (de Coalición Canaria)

 “…la democracia se despliega y sufre un proceso de metamorfosis en el tiempo, renovándose a través de tanteos e intentos sucesivos que no cesan de modificar las vías y enriquecer las formas.Desde hace unos veinticinco años ha surgido una configuración inédita donde la opinión pública y el juez han pasado a ocupar el primer rango”. (Marcel Gauchet)

  • Escrito por Santiago Pérez
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 2283

El magistrado Doreste o el sobreseimiento del caso Grúas

Me llamó poderosamente la atención que el magistrado Doreste, en su voto tan particular contra la remisión del Caso Grúas a los juzgados laguneros, subrayara que el aforamiento operaba para Clavijo como un recurso, como “la única oportunidad de evitar ser imputado”, “puesto que la decisión del juzgado es considerarle tal”.

  • Escrito por Santiago Pérez
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4710

La lección de dignidad del magistrado Marchena

El Magistrado Manuel Marchena, al renunciar a su candidatura como presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, ha dado una soberbia lección de dignidad, independencia,  y ética, a la  clase política más intelectual y políticamente mediocre desde la Transición.

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4875

La polémica libertad provisional de «La Manada»

Sobre el caso de la Manada ya he sostenido que,  tras la lectura detenida de los hechos probados de la sentencia, constatados en su más absoluta brutal objetividad,  comparto la opinión de que los agresores sexuales cometieron un delito de violación tipificado en el artículo 179 del C.Penal, castigado con la pena de prisión de 10 a 12 años, con la concurrencia de las agravantes de trato vejatorio y degradante, prevalencia de una relación de superioridad, y la de comisión de los hechos por la actuación conjunta de dos o más personas, tipificadas en el artículo 180 del C. Penal, que elevan la pena de prisión de 12 a 15 años.

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 5086

La polémica sentencia de "La Manada"

Es comprensible la masiva reacción popular por la sentencia de La Manada que ha herido la sensibilidad moral de pueblo, especialmente de las mujeres.

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 5107

Una manada de jueces

Impresionante y valiente está siendo la reacción de gran parte de la sociedad española contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que condena a los miembros de La Manada a nueve años de prisión por un abuso sexual continuado y no por una violación.

  • Escrito por Francí Xavier Muñoz
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4774

La ilegal huelga de los jueces

Es evidente la inconstitucionalidad y manifiesta ilegalidad de la huelga de los jueces, dado que no son trabajadores por cuenta ajena, sino  funcionarios públicos que integran el poder judicial, a los que corresponde exclusivamente ejercer la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado (art.117.1 de la Constitución).

Sería inimaginable que ejercitaran el derecho de huelga los integrantes de los otros dos poderes del Estado. El profesor Alejandro Nieto, en su libro “El desgobierno Judicial”,  ha hecho notar, con encomiable agudeza intelectual, que en el texto del art.117.1 de la Constitución: “La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial….”, la palabra pueblo está escrita con minúscula, mientras que la de jueces y magistrados está escrita con mayúscula. Esta degradación gramatical del pueblo frente a los jueces, paradójicamente, responde a la realidad, porque aunque la justicia dimana del pueblo,-en el que reside la soberanía nacional y del que emanan los poderes del Estado (art.1.2 de la Constitución)-, que elige y controla a los miembros del  Gobierno  y del Parlamento,  los jueces están  sustraídos al control público” (STC 96/1987;13/1985;38/1982;62/1982).

No cabe  sacar la conclusión de que defienda  un sistema en el que los jueces sean elegidos por el pueblo como en otras democracias centenarias, que carece de tradición democrática en España, sino el sistema vigente de acceso a la Carrera Judicial instaurado por la Ley Orgánica de 1870, que dimanó de la revolución liberal de 1868, que debe ser mantenido por su probada eficacia, perfeccionando los controles del poder de los jueces. Los jueces que se declaren en huelga no responden ante el pueblo y sólo pueden ser controlados por el Consejo del Poder Judicial y, en definitiva, por otros jueces que forman parte de los Tribunales ante los que se recurren las resoluciones del Consejo. Contrariamente a lo que pretenden con la huelga algunos jueces y sus asociaciones, que  no han hecho una mínima autocrítica, sólo van a conseguir un mayor desprestigio del que ya tienen ante el pueblo, al que le es, desgraciadamente, indiferente, que los jueces abandonen sus funciones durante veinticuatro horas.La política judicial ha marginado presupuestariamente a l

La Justicia desde antes de la primera Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870, que ha estado vigente 115 años, en la que se la regulaba  como Administración de Justicia, no como Poder Judicial, al igual que en todos los regímenes políticos posteriores, incluida la segunda República. En la Constitución de 1978 se reconoce  por primera vez en la historia de España a la Justicia como poder judicial (título VI), que desarrolla la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente de 1985. Los gobiernos democráticos desde la transición, así como los de las Comunidades Autónomas, han hecho un esfuerzo sin precedentes para mejorar el servicio público de la Justicia, aunque dicho esfuerzo ha sido insuficiente al no llegar al nivel presupuestario de la media  europea. Comparto en gran medida la reivindicación de los jueces, pero no sólo se resuelven con más medios materiales y personales, sino con reformas procesales que son inaplazables, como la de la instrucción y el proceso penal anclados en el siglo XIX.

Mi experiencia política en los tres poderes del Estado, y profesional, en la Judicatura, el Ministerio Fiscal, y la Abogacía, me permiten afirmar con orgullo que la inmensa mayoría de jueces y fiscales españoles son independientes, honestos, discretos, y entregados abnegadamente a tu trabajo. Pero hay una minoría de jueces que hacen política sin control alguno, amparados en la toga y en sus asociaciones, que no tienen militancia formal en un partido político, pero que son criptomilitantes con vocación política frustrada. Son los que acaudillan la huelga. Muy pocos jueces hemos abandonado la Carrera Judicial por respeto a su digna y elevada función, al entender que la militancia en un partido político vulnera la imparcialidad objetiva que exige no sólo ser imparcial e independiente, sino parecerlo.            

La huelga de los jueces es la negación de su propia condición como poder del Estado, por lo que derecho de huelga es constitucionalmente imposible. Los jueces no pueden ejercer ese derecho porque no son titulares del mismo, al ser  incompatible con su propia condición profesional, lo que hace que dicho ejercicio constituya un burdo fraude de ley, ya que una asamblea de jueces no es una asamblea de trabajadores de las que se contempla en el Real Decreto-ley 17/1977, que tienen reconocido expresamente el ejercicio del derecho de reunión previsto en el artículo 21 CE en la Ley Orgánica de Libertad Sindical (art. 8.2), mientras que los jueces lo tienen expresamente prohibido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo artículo 395 establece que a los jueces y magistrados “les está prohibido: dirigir a los poderes, autoridades o Corporaciones oficiales censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocados o autorizados a asistir por el Consejo General del Poder Judicial”.

Los jueces son funcionarios integrantes del Poder Judicial, y no trabajadores incluidos dentro de la legislación sobre libertad sindical y sobre el derecho de huelga, y sólo pueden expresarse a través de las vías previstas en su legislación específica. El Consejo General del Poder tiene la obligación de impedir este dislate constitucional. En la sesión parlamentaria del Congreso de la II República de 23 de noviembre de 1932, en referencia a la Administración de Justicia, decía don Manuel Azaña: “No puede haber jamás Estado que consienta que una de sus instituciones fundamentales no esté enteramente penetrada del mismo espíritu que penetre todo el Estado. Esto es evidente, y si no sería el suicidio de las instituciones públicas, no sólo de ésta, sino de las otras”.

ELIGIO HERNANDEZ
                                                      
Magistrado Jubilado, ex Vocal del Consejo General del Poder Judicial, ex Fiscal General del Estado y Abogado en ejercicio.





  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
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Dia de la visibilidad Trans

No hace mucho tiempo, las personas trans*, así como todo la Comunidad LGTBI+, éramos consideradas seres antisociales, nacíamos con el estigma de delincuentes, sobre nuestras cabezas pendían leyes infames como la ley de Vagos y Maleantes, promulgada en 1935 durante la segunda república y ampliada posteriormente en 1955, durante el franquismo, para reprimir expresamente toda persona que no se adhiriera rígidamente al modelo cisexual-heterosexual.

  • Escrito por Marcus Peña
  • Categoría: Justicia
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El Tribunal Supremo Español al servicio de la autoritaria "Razón de Estado"

El auto que el 9 de noviembre de 2017 ha dictado el Magistrado conservador del Tribunal Supremo, Pablo Llarena Conde, decretando, como medida cautelar antes de la celebración de un juicio, la prisión preventiva, eludible si se presta una fianza de 150.000 euros, de la Presidenta del Parlament, Carme Forcadell, así como la de otros miembros de la Mesa del Parlament, pero a éstos, al contrario, se les permite estar en libertad si en un plazo mâximo de siete días prestan fianza de 25.000 euros, es antidemocrático, por vulnerar la inviolabilidad parlamentaria consagrada en el Estatuto de Catalunya.

  • Escrito por José Manuel Rivero
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4715